SITIO DE NOTICIAS POLICIALES PERTENECIENTE AL INVESTIGADOR PERIODISTA LEONARDO CAMPS DIAZ .QUIEN LLEVO ADELANTE EL PROGRAMA -TOYOS INVESTIGA- AHORA ACTUALIZADO MINUTO A MINUTO
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viernes, 12 de febrero de 2016
-POLICIALES A prisión el subcomisario y un agente de la Zona III por pedir coimas------------------------------------------------DICTAMEN FISCAL EN CASO DE CORRUPCION POLICIAL EN ZONA 3
Sra.Juez :
De la instrucción practicada a raíz de los hechos
puestos en conocimiento por la Dirección Nacional de
Asuntos Internos, surge que:
1º.-Dicha dependencia policial recibió el día 10 de febrero
de 2016, la denuncia de un hombre y de su concubina
quienes relataron que el día 9 de febrero a primeras horas
de la mañana , encontrándose con sus cuatro menores hijos
en dicho domicilio se hizo presente en el lugar un equipo
policial a cargo de quien dijo ser Comisario, y tras exhibirle
una orden judicial de allanamiento efectuaron una
inspección en el mismo, incautándole una notebook y unos
mamelucos de trabajo color anaranjados los cuales usa su
pareja para trabajar, expresándole dichos policías que su
esposo “era un chorro”.-De inmediato además fue detenida
y conducida a la dependencia policial donde permaneció
detenida hasta la hora 20, siendo indagada en acta.-
2º.- Denunció que al recuperar su libertad funcionarios de
dicho Departamento le ordenaron que al día siguiente a la
hora 10:00 les llevara la suma de $ 100.000 (cien mil pesos
uruguayos)sino la iban a “embagayar” con cualquier cosa a
ella y su marido.-Que además el funcionario policial llamado
Sle extendió un trozo de papel escrito de su puño y letra
donde consta el apodo y un número de teléfono celular a
efectos de que por medio de éste, vía mensajes de texto,
coordinaran detalles posteriores sobre la entrega del dinero
requerido.-
3º.- El hombre vendió un camión y una bloquera y reunió
así la suma de $ 70.000.- pretendía entregar el dinero para
no ser acosados como lo habían sido en otras
oportunidades en que les habían solicitado dinero, pero
decidió denunciar el hecho en Asuntos Internos.-
4º.-Una vez marcados los billetes por el Escribano en la
Dirección de Asuntos Internos , los funcionarios policiales de
la Dirección acompañaron a la pareja y una hermana con el
dinero hasta la Zona III, yendo los denunciantes en un
vehículo de un vecino acompañados del funcionario policial
R T, y a cierta distancia el Comisario Inspector R C ,
SubComisario R B, D M y el agente R N, en otro móvil
policial para efectuar el procedimiento de individualización
y detención de los autores del hecho; así como también la
recuperación del dinero, todo lo cual fue puesto en
conocimiento de la Sra.Juez actuante , quien autorizó dicho
accionar.-
5º.-En tanto del denunciante para obtener según dijo más
tiempo para coordinar el procedimiento, envió un mensaje
al teléfono proporcionado por G : “Estoy aca con mi mujes
Te animas A Desirle al Muchacho K N Yego, K Tengo 70 El
Hermano Ya le Consiguio Lo K Falta Cuando El Yege Bamos
Para Ai”, respondiendo GONZALEZ “OK”.-
Del teléfono del denunciante surge otro mensaje enviado al
mismo número de G que dice “Y Abla Cn El Hombre K Me
De Tiempo K Tengo K Cobrar La Plata Di Camion Ante D Las
12 Estoy Ai”.-Y del celular del Agte S envían un mensaje de
texto al denunciante que expresa “ A las dies anda con ella
y cuando ella entre quedate en la vuelta yo te saco al
hombre para afuera para que hables con él en otro lado yo
no hago camas viejo yo si doy mi palabra.-
6º.-Según los denunciantes al ingresar a la dependencias de
la Zona III sita en Camino Mendoza y Paso del Andaluz,
fueron atendidos por S (Cabo S G P, siendo luego
conducidos hasta la Sala de los Clases, donde allí fue el
Comisario M, a quien se le entregó el dinero.-
7º.-Momentos después ingresó al lugar el personal policial
de la Dirección y se le incautó al Cabo S G un celular que
poseía consigo marca Samsung Táctil, color negro, modelo
Duos, el cual corresponde al número .-
Por otra parte, al efectuarse la inspección bajo los
lockers del personal, en el interior de una cartera del Banco
Santander , color gris con escrituras en rojo se encontraron
un revólver Smith & Wesson, calibre 38, de volcar nº330161
de procedencia USA y otro con su numeración limada
calibre 38 largho, sin numeración legible, no haciéndose
ninguno de los presentes propietario de las mismas.-
8º.- salieron de la Zona III sin el dinero marcado, no
obstante luego al ingresar el personal policial de la
Dirección de Asuntos Internos no pudo ubicar el mismo,
habiendo ya pasado unos diez minutos, y habiendo sido
alertados de la presencia de dicho personal policial, pues al
ingreso comenzó un funcionario a gritar a viva voz en la
dependencia “Asuntos Internos”, “Asuntos Internos”, con el
claro objetivo de alertar sobre la presencia de los mismos
para obviamente tomar recaudos.-
9º.-Se instruyó detalladamente por la Sede sobre el origen
de la investigación que dio base al allanamiento de la finca
de los denunciantes.-
Así, los indagados establecieron que iban en busca de
“armas y chalecos”, por una denuncia efectuada por un
informante a un Jerarca policial, y para averiguación de una
presunta participación de D A -a quien a dicha fecha no
sabían ni quien era según dijeron-en unas rapiñas.-
La orden de allanamiento la había expedido la
Sra.Magistrado del Juzgado Letrado Penal de 16º Turno con
dicha finalidad manifestó el indagado SubComisario M.-
Efectuada la misma el día 9 de febrero de 2016 en
procura de ubicar al “Pitufo” y de incautar armas y
chalecos, resultó que fue detenida la denunciante M L VI
compañera de R D A , poseedor de antecedentes penales, y
se incautaron una notebook y dos uniformes de color
naranja de la Intendencia Municipal de Montevideo.-
V declaró sobre la procedencia de dichos efectos,
no obstante no existir denuncia penal alguna de hurto de
los mismos.-Pero luego quedó en la dependencia policial a
los efectos de ver si aparecía D A, para ser interrogado, tal
lo declarado por el indagado G, siendo liberada luego por
orden judicial a la hora 20, habiendo ingresado dicho día a
la hora 08:00, dejando al cuidado de un familiar sus
menores hijos.-
Fue interrogada por M y por G, lo cual
reconocieron ambos.-
V relató que allí fue cuando le exigieron la
entrega del dinero el cual debía llevar al día siguiente.-D A
no se presentó en la dependencia policial por temor, ya que
en otra oportunidad le habían sacado otra suma de dinero
en un hecho que la Seccional Policial 17ª derivó a Asuntos
Internos.-
Al salir en libertad con el papelito con el
número de teléfono de G se dirigió a Asuntos Internos junto
a D A y procedieron a llevar el día 10 el dinero “marcado”,
efectuándose las llamadas a dicho número, tal lo antes
narrado en su denuncia.-
G admitió haber recibido dichos mensajes,
que hablaban de la suma de “70” (refieriéndose a setenta
mil pesos ) y haberles contestado “Ok”, pero que lo hizo
para “engañar” a la mujer, para que fuera a la dependencia
policial, lo cual ella y su compañero hicieron más tarde.-
Cuando llegaron preguntaron por “S” (tal
como decía el papelito) y éste fue a recibirlos llevándolos a
la Sala de los Clases para avisarle al SubComisario M que
estaban allí.-
Allí según los denunciantes los revisaron si
traían celulares consigo, o alguna otra cosa (seguramente
algún objeto de filmación o grabación) y luego V les dio la
bolsa con los $ 70.000, explicándole porque no podía darles
$ 100.000.-Ante lo cual luego de maltratarla le dicen que
debe llevar $ 300.000 para resolver la situación de D A, ya
lo de ella ya estaba resuelto.-
En los mensajes enviados a G le habían
comentado que no habían cobrado el total del dinero
obtenido en la venta de la bloquera y del camión , lo cual
les daba a los policías el dato de que tenían más dinero, del
que le estaban entregando.-
Luego, les dicen que esperen “un
momentito” en la Sala de espera, que el equipo que los iba
a interrogar a D A (por la presunta rapiña o rapiñas) estaba
fuera de la unidad policial, y hasta allí los llevan, momento
que aprovecho éste para salir y hacer señas al policía de
Asuntos Internos que estaba dentro del vehículo
estacionado frente a la Unidad con la familiar de D A, tal
como habían acordado.-Y allí ingresó todo el personal de
Asuntos Internos con lo antes narrado.-
Los indagados sobre este hecho narran que
los recibieron en dicha Sala de los clases que está al fondo
del local de la Zona, pero que luego les dijeron esperaran
en la Sala de espera que esta adelante de la Unidad, y que
de modo alguno le pidieron dinero.-
Esta justificación no tiene lógica alguna en primer
lugar porque si les iban a decir eso debieron desde el
vamos dejarlos en dicha Sala, tampoco tiene razón de ser
que siendo que habían efectuado un allanamiento para
ubicarlo, no lo hubieran detenido desde el comienzo, y
menos aún tiene sentido para el interrogatorio eventual que
iban a efectuar R.J y F.H, dado que estos mismos
reconocieron que luego del allanamiento no tenían mayores
elementos, dado que D no era el “pitufo”, y además
tampoco la novedad policial que surge en la carpeta policial
en su detalle demuestra que hubiera fundamento para tal
indagatoria pues los datos que surgen a fs.69 refieren a una
persona adulta de 50 años a 64 años de cabello canoso, con
mameluco azul con franja amarilla en los laterales.-Lejos,
muy lejos, de la apariencia física y edad de D A.-
Por otra parte, si lo iban a interrogar por lo incautado en el
allanamiento, aún no tenían la denuncia de hurto, así es
que todo la actuación relativa a dicha indagatoria, está muy
huérfana de contenido.-
Más allá de que ambos indagados han insistido en que la
Sede Letrada de Penal 16ª estaba enterada de lo que
investigaban , en la fundamentación del accionar policial a
poco que se analice la novedad de la denuncia de rapiña a
la que aluden , la versión del informante y todo las
resultancias consiguientes, se debe concluir que este
“revestimiento” de la realidad para justificar lo actuado
policialmente, decae en la escasa fundamentación
existente para detener a D A, que no sea el propósito
criminal y advieso denunciado.-
En su mérito solicito a UD.disponga el
enjuiciamiento y prisión de G M y S G, bajo la imputación de
un delito de CONCUSION, de conformidad con lo establecido
en los arts.3,18,60 num.1º y 156 del C.P.
1erOTROSIPIDO : se cite a declarar al Director de
Investigaciones M S.-
2º.OTROSIPIDO : se cite a declarar al comerciante a quien
se ubicará a través de Asuntos Internos.-
3º.-Se solicite informe a la Juez Ldo Penal de 16 para que
envié copia de la solicitud de allanamiento (agregando la
copia que luce en obrados) y se envíe copia de la carpeta
fotográfica de los efectos incautados, así como copia del
oficio nº266/16 (vide fs.54).-MONTEVIDEO, 12 de febrero de
2016.-m.f.-
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