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miércoles, 13 de enero de 2016

DERRIBOS DE AERONAVES EN URUGUAY

URUGUAY ESTA A PUNTO DE VOTAR UN PROYECTO DE LEY SOBRE DERRIBO DE AERONAVES EN ESPACIO AÉREO NACIONAL , HABRIA QUE PREGUNTARSE PRIMERO SI NUESTRO APARATO  DE DEFENSA TIENE CAPACIDAD PARA DERRIBAR O INTERCEPTAR AERONAVES , NUESTROS AVIONES MAS RAPIDOS SON LOS A 37 DRAGONFLYGTH  Y LOS PUCARA TURBO HÉLICE PERO MUCHOS AVIONES DE USO CIVIL SUPERAN EN MUCHO LAS VELOCIDADES QUE PUEDEN DESARROLLAR NUESTROS AVIONES DE COMBATE . LO CUAL RONDA LOS 800 KILÓMETROS POR HORA QUE LIMITAN A NUESTROS A 37 A TURBINA Y QUE TIENEN LIMITADA TAMBIÉN SU AUTONOMÍA YA QUE SON NAVES VIEJAS QUE CONSUMEN MUCHÍSIMO COMBUSTUBLE .ADEMAS LA POSIBILIDAD TIERRA AIRE DE DISPAROS ESTA LIMITADA POR EL TRASLADO DE ESOS DISPOSITIVOS EN TIEMPO Y FORMA .- SI SE PROMULGA ESTA LEY VAMOS A TENER QUE RENOVAR MUCHOS ELEMENTOS DE LA DEFENSA , PERO PEOR ES ESTAR SIN LEY ESO SI LO COMPARTO.
HE AQUI LO EXTRAÍDO DEL MEDIO -LA REPÚBLICA POR NOSOTROS----


Varios países de la región ya la tienen. Para el ministro Fernández Huidobro, llenará un “vacío legal”. La iniciativa autoriza el derribo de aeronaves cuyo sobrevuelo implique una amenaza real y establece el procedimiento que deberá seguirse en cada caso.
Inquietud parte de 2001 “cuando se entendió que un avión podía ser utilizado como un arma letal”, afirmó el ministro Huidobro.
Uruguay va camino a incorporar a su legislación una ley de derribo, similar a la que rige en otros países del continente, como Brasil o Paraguay. La iniciativa autoriza a derribar aeronaves que impliquen una amenaza real y establece un protocolo de actuación para esas circunstancias en las que está en riesgo la seguridad. “La ley ya está redactada; la están viendo los abogados del Ministerio y va a ir al Parlamento para que se decida allí”, afirmó ayer a LA REPÚBLICA Fernández Huidobro.
La norma, argumentó el ministro, llena un “vacío legal” en la materia en el país cuyo Código Aeronáutico no prevé el uso de la fuerza a no ser que sea en carácter de autodefensa. “Hicimos hace poco la Cumbre de ministros de Defensa de América del Sur y teníamos cerrado el espacio aéreo para todo tipo de nave, el mar vigilado, la Policía desplegada al igual que el Ejército. ¿Y si un avión desobedecía las órdenes?. ¿Qué hacemos?
Tanto barcos como aviones tienen artillería antiaérea instalada pero si comunicamos a ese avión que se desvíe y no obedece y enfila rumbo ahí… ¿qué hacemos?”. Lo señalo como anécdota, pero hay un vacío legal, ya que Uruguay no lo pensó.
Lo descubrió en setiembre de 2001 (atentados terroristas a las torres gemelas en Estados Unidos) cuando se entendió que un avión podía ser utilizado como un arma letal”, afirmó el ministro. Agregó que por esta razón “se han modificado las leyes en todo el planeta”.
Lo que buscan todos los países que reglamentaron esta ley es asegurar su espacio aéreo e imposibilitar que sea utilizado como ruta por el narcotráfico ya que el uso de avionetas es lo más común para el tráfico de drogas y arma.“Obviamente que no se va a derribar un avión por contrabandista o narcotraficante”, precisó Huidobro, casos en los que, mayormente, no se pone en riesgo ningún interés nacional, como infraestructura o población.
La ley tiene diferentes protocolos de procedimiento en cada país a nivel continental. Paraguay fue uno de los últimos países en incorporar una ley de derribo a su legislación aeronáutica. En este caso, se autoriza a derribar vuelos sospechosos con cargamentos ilegales de droga. Leyes similares han sido aprobadas en Brasil, Chile, Honduras, Perú, Colombia, Bolivia y Venezuela, como instrumentos de lucha, sobre todo, contra el narcotráfico.
En Argentina no ha logrado ganar respaldo. En nuestro país, mientras no se apruebe una ley de derribo, si el avión no identificado no aterriza por voluntad propia, las autoridades uruguayas informan a los países limítrofes como Argentina y Brasil, para que ellos tomen la responsabilidad una vez que el avión aterrice.
Generalmente, los aviones que vuelan sin comunicación en la mayoría de los casos, es porque tienen fines ilícitos, como el transporte de droga, u otro tipo de contrabando.
Desde la óptica militar
En enero de 2013, en entrevista con LA REPÚBLICA el entonces director del Centro de Operaciones Aéreas (COA), coronel aviador Rodolfo Pereyra dijo que la legislación vigente era suficiente e idónea pero en relación a ilícitos. No obstante, a título personal, dijo que el marco legislativo debería adecuarse en función de un fenómeno relativamente reciente que “tiene en vilo a todo el mundo: el de los movimientos terroristas”.
Es decir, “alguien que no responde a ningún Estado, que usa un medio civil para cometer un daño tan grande como pueda ocasionarlo un ataque militar, como el atentado a las torres gemelas en Estados Unidos en 2001. Es un tema muy delicado; en nuestro país se ha hablado de esta idea pero no se ha materializado en ninguna ley”, aseveró.
“Hoy vemos movimientos terroristas que están operando en cualquier parte. Está comprobado que estas organizaciones utilizan cualquier medio para lograr sus objetivos. Otros países que viven otra realidad y tienen este fenómeno como una amenaza directa ya consideran la ley de derribo para esos casos puntuales.
Nosotros nos ajustamos por la convención de Chicago de 1944 que marca los lineamientos para que la aviación civil se utilice para los fines civiles y compromete a los estados a no emplear este medio civil para fines que no sean a los cuales están destinados. En una palabra, no usarlo como medio militar”.


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